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Modificaciones retenciones para el 2016

Se modifican algunos porcentajes de retenciones para el 2016:

A partir del 01 de enero de 2016 se han modificado los porcentajes a aplicar en determinadas rentas y que pueden afectar a su actividad económica:

– Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles, urbanos (alquileres locales) (art. 101.8 y D.A. 31ª. 3d) el tipo de retención aplicable es el 19% de retención (antes el 19,5%).

  • SI USTED ES ARRENDADOR DE UN LOCAL DE NEGOCIO DEBE TENER EN CUENTA QUE A PARTIR DEL 01/01/2016 DEBE DE MODIFICAR LA FACTURA QUE EMITE MENSUALMENTE PRACTICANDO EL 19% DE RETENCIÓN.
  • SI USTED ES ARRENDATARIO DE UN LOCAL DE NEGOCIO COMUNÍQUESE CON EL ARRENDADOR ANTES DE HACER EL PAGO CORRESPONDIENTE A LA RENTA A PARTIR DEL 01/01/2016 Y CONFIRME QUE HA APLICADO EL 19% DE RETENCIÓN.

Para las actividades profesionales se mantienen el mismo tipo de retención (art. 101.5).

La normativa es más extensa y abarca también otros tipos de rentas del trabajo, capital mobiliario, ganancias patrimoniales.

Para cualquier aclaración o si necesita ayuda para el cálculo de las rentas, rellene el siguiente formulario y nos pondremos en contacto contigo para ayudarte.

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