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Novedades para Autónomos

Novedades para Autónomos

Novedades para Autónomos 2018

novedades para autónomos

Con la nueva Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada el pasado octubre ha traído cambios algunos cambios legislativos de cotización, fiscalidad, derechos laborales y contratación, ha entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

En Asesoría Agapito de León, queremos ayudarle e informarle de los diferentes cambios ya que pueden entrañar dificultad tanto en su entendimiento como en su aplicación y ponemos a tu disposición nuestro servicio de asesoría para autónomos y pymes que te ayudará a cumplir con tus obligaciones fiscales y a sacarle el mayor provecho para tu actividad a las novedades.

Seguridad Social Cotización y Cuota de autónomo

Novedades para Autónomos

La Cuota de autónomos para el 2018 ha sido congelada para comienzos de este año 2018, por lo tanto, de momento la cuota mínima de autónomos actual, permanece en 275 euros, para los autónomos que coticen por la base mínima de cotización de 919,80 euros.

Y la base máxima se mantiene en 3.751,20 euros.

La base mínima de cotización del autónomos societarios desde 1 de enero de 2018, es de 1.198,08 euros.

RESUMEN COTIZACIONES

BASE MÍNIMA 919,80 euros
BASE MÁXIMA 3.751,20 euros
BASE LÍMITE>47 años 1.964,70 euros
TIPO (con IT) 29,80 %
TIPO (sin IT)

Cese de Actividad

26,50 %

29,30 % + 2,20% + Tipo AT y EP

TIPO AT y EP ( con IT) Tarifa primas disposición adicional cuarta Ley 42/2006, de 28 de diciembre, en redacción dada por la disposición final octava de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, sobre la misma base de cotización elegida por los interesados por contingencias comunes.

La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluyendo el cese de actividad, tiene carácter voluntario para los autónomos menores de 30 años desde la aprobación del Real Decreto Ley 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor.

Los trabajadores autónomos que no hayan optado por la cobertura de AT y EP, tendrán una cotización adicional del 0,1%, para la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los porcentajes de la tarifa de primas incluida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006.

En 2012 se rebajó de 48 a 47 años la edad máxima en la que los autónomos pueden escoger libremente su base de cotización dentro de los límites máximos y mínimos fijados por ley.

De esta forma, podrán elegir libremente su base de cotización todos los trabajadores autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2018, cuya base de cotización de diciembre de 2016 haya sido igual o superior a 1.964,80 euros al mes.

Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2018 y una base de cotización inferior a 1.964,70 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.964,70 euros mensuales.

En cuanto a los mayores de 48 años a 1 de enero de 2018, su base de cotización mínima está comprendida entre 992,19 y 2.023,50 euros, salvo excepciones (cónyuge mayor de 45 años que se haya hecho cargo del negocio de un autónomo fallecido, en cuyo caso estará comprendida entre 893,10 y 1.964,70 euros mensuales.

Los mayores de 50 años con al menos 5 años cotizados podrán cotizar por una base comprendida entre 919,80 y 2.023,50 euros/mensuales si su última base de cotización es inferior o igual a 1.964,70 euros, mientras que si es superior, habrán de cotizar por una base comprendida entre 919,80 euros mensuales y el importe de aquélla incrementado en un 5%.

Existen algunas excepciones que es importante que conozcas en las Novedades Autónomos:

  • El cónyuge supérstite (miembro del matrimonio que sobrevive cuando se produce un fallecimiento de uno de los dos) con 45 o más años de edad podrá optar por una base de cotización comprendida entre 919,80 y 2.023,50 euros mensuales.
  • El tipo por Contingencias Comunes (IT) para trabajadores mayores de 65 años edad y 35 años cotizados u 67 años de edad y 37 años cotizados: 3,30 % o 2,8% si están acogidos a cese de actividad.
  • El tipo de cotización para la protección por cese de actividad (desempleo) es el 2,2%.
  • La base mínima de  los trabajadores autónomos que en el año 2017 hayan tenido contratados a más de 10 trabajadores será la misma que el grupo 1 de cotización del Régimen General, 1152,80 euros, lo que supone una cuota de 344,69 euros. Estas cifras se encarecen 25,54 euros mensuales y 306,42 anuales.
  • Autónomos societarios: la base a aplicar será similar a la del grupo 1 de cotización del Régimen General, 1152,80 euros, lo que supone una cuota de 344,69 euros, a excepción de los primeros 12 meses si causan alta inicial como autónomos. La nueva ley de autónomos desvincula la cotización del autónomo societario del Régimen General y la liga a los presupuestos del estado siempre y cuando existan (no es el caso por el momento).
  • Los trabajadores autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio (CNAE-09: 4781, 4782, 4789, 4799) y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que perciban ingresos directamente de los compradores, podrán elegir como base mínima de cotización la establecida con carácter general en el Régimen- 919,80 euros mensuales – o una base de cotización de 825,60 euros mensuales. Los de venta a domicilio (CNAE 4799) y los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado podrán elegir como base mínima de cotización la establecida con carácter general en el Régimen – 919,80 euros mensuales – o una base de cotización de 505,89  euros mensuales.

Tarifa plana Autónomos 

La nueva ley amplía la tarifa plana a un año, eso sí, “solo para nuevas altas en el RETA en 2018”.

Si optas por una cotización superior se te aplicará el 80% de bonificación sobre la base mínima.

Los tramos tras ese año de inicio de actividad quedan en:

Se establece tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal:

  • Primeros 12 meses50 euros  de la cuota mínima por contingencias comunes o un 80% de bonificación en caso de cotizar por bases superiores a la mínima establecida (919,80 euros)
  • Meses 13 al 18: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2017 en 137,97 euros.
  • Meses 19 al 24: 30% de reducción durante el siguiente semestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2017 en 192,79 euros.

Los autónomos societarios no podrán acogerse a esta bonificación en la cuota de autónomos.

Para acogerse a la tarifa plana del RETA, la reforma de autónomos reduce a a partir del 1 de enero de 2018 el tiempo exigido sin cotizar en autónomos, de cinco a dos años y de tres años en el caso de que la última alta estuviera bonificada. Esta medida no se aplica en el caso de los autónomos colaboradores.

Baja por maternidad de autónomas

Novedades para Autónomos

Las madres autónomas que cursen baja estarán exentas de pagar cuota de autónomos durante el disfrute de la misma.

Esta bonificación del 100% de la cuota de autónomos no está sujeta, como hasta el momento, a la contratación de un trabajador sustituto.

Pago de Autónomos por días de alta

Novedades para Autónomos

Otras Novedades para Autónomos para el 2018 es el pago por días reales de alta y baja. Esto quiere decir que no se tiene que pagar el mes completo cuando se de alta en el RETA o de baja se hará proporcional a los días reales en alta.

Esta opción queda limitada a las tres primeras altas o bajas durante el año.

Cambios en las bases de cotización durante el año

Aumenta el número de cambios en la base de cotización: Los trabajadores autónomos podrán realizar, según lo establecido en la nueva Ley de autónomos en trámites, hasta cuatro cambios anuales en las bases de cotización.

Y el cambio se aplicara a partir del día 1 del siguiente trimestre

Si lo solicitas entre 1 de enero y el 31 de marzo el cambio se hará efectivo el 1 de abril.

Si lo solicitas entre 1 de abril y el 30 de junio el cambio se hará efectivo el 1 de julio.

Si lo solicitas entre 1 de julio y el 30 de septiembre el cambio se hará efectivo el 1 de octubre.

Y si lo solicitas entre 1 de octubre al 31 de diciembre el cambio se hará efectivo el 1 de enero.

Reducción de recargo por retraso pago autónomos

Con la nueva ley se reducen en 2018 el recargo pasando a ser del 10% si pagas en el mes natural siguiente.

Devolución por exceso de cotización en pluriactividad

Si cotizas en Régimen de autónomos y General, la Seguridad Social te va a devolver el exceso de cotización sin que tengas que solicitarlo.

Domiciliación Bancaria

La Domiciliación bancaria será obligatoria para realizar el pago de la cuota de autónomos. Así lo ha dispuesto el Reglamento general de Recaudación de la Seguridad Social. De esta manera aquellos autónomos que no hagan el pago de cuota mediante domiciliación bancaria tienen que comunicar antes del 14 de enero el número de la cuenta bancaria en que deseen cargar sus recibos.

Emprendedores

Tarifa Plana: Como ya hemos comentado anteriormente, la nueva Ley de autónomos contempla la ampliación de la Tarifa Plana de seis meses a un año para emprendedores y nuevos autónomos.

Novedades para Autónomos en los Impuestos Novedades para Autónomos

Requisitos para estar en módulos en 2018 permanece el límite de 250.000 euros por volumen de ingresos y 125.000 euros por facturación a empresas y profesionales.

También para los autónomos que estén en módulos Hacienda mantiene en 2018 la rebaja del 5% del rendimiento neto.

Novedades para Autónomos en las Nuevas reducciones para el  2018

Una la que tiene con ver con dietas y otra sobre la deducción de suministros afectos a la actividad.

Novedades para Autónomos en la deducción de Dietas

La deducción de dietas 2018 se equipara el derecho de autónomos con el de asalariados.

Los autónomos que por motivos laborales tengan que comer fuera de casa o pernoctar pueden deducirse el gasto en el IRPF, eso sí, sujeto a una serie de condiciones:

Que se realice fuera del municipio al que corresponda el domicilio del negocio.

Que se realice el pago telemático.

Que se conserve el comprobante.

La cuantía diaria por comer fuera será de 26,67 euros o 48,08 si es en territorio extranjero.

En caso de pernocta las cuantías alcanzan los 53,34 euros y los 91,35 euros en territorio extranjero.

Novedades para Autónomos en la deducción de Suministros

Si eres autónomo y trabajas desde casa, te vas a poder deducir los suministros afectos a la actividad, siempre y cuando hayas notificado vinculado tu lugar de residencia a tu actividad en el modelo 036.

No te vas a poder deducirte la totalidad de los gastos afectos sino solo el 30% del total de la superficie destinada a la actividad.

Presentación del modelo 347: La declaración informativa de operaciones con terceros realizadas durante el ejercicio de 2017 se continuará presentando en febrero de este 2018.

Novedades para Autónomos Laboral

Novedades para Autónomos

Novedades para Autónomos en la Bonificaciones a la contratación

Los cambios que llegan en 2018 en materia laboral son fruto de la reforma de autónomos. Hablamos de bonificaciones a la contratación, derechos y salud laboral.

Bonificación del 100% de la cuota de autónomos para quienes estén al cuidado de hijos menores de 12 años o familiares de hasta segundo grado de consanguinidad en situación de dependencia. Solo podrán acogerse a esta medida aquellos autónomos que contraten a un sustituto durante al menos 3 meses.

Bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes durante un año en caso de contrato indefinido de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. La ley facilita la contratación de hijos con discapacidad mayores de 30 años que convivan en el domicilio familiar.

Novedades para Autónomos para Compatibilizar la jubilación y trabajo autónomo

En 2018 será compatible el cobro del 100% de la pensión de jubilación con el ejercicio de la actividad como autónomo siempre y cuando se tenga al menos un trabajador contratado.

Novedades para Autónomos en los Derechos de padres y madres 

Los padres autónomos que vayan a disfrutar de la baja en 2018 verán bonificada el 100% de la cuota sin necesidad, como venía ocurriendo, de recurrir a un contrato de interinidad.

Novedades para Autónomos en Accidentes de trabajo

Novedades para Autónomos

En materia de derechos y salud laboral la reforma de autónomos incorpora una importante novedad en 2018. El accidente que ocurre en el desplazamiento al trabajo o el trabajo, pasa a tener consideración de accidente de trabajo y por tanto aquellos autónomos que estéis cotizando por contingencias profesionales tendréis derecho a prestación por accidente laboral.

Subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un 4%: A partir del 1 de enero de 2018 el Salario Mínimo Interprofesional pasa a 735,90 euros.

Esto afectará a empresas y autónomos con trabajadores a su cargo que se verán obligados a ajustar los sueldos de cara al próximo año para que ningún miembro de la plantilla cobre por debajo de este umbral, lo que sería una ilegalidad, con independencia del tipo de contrato.

Novedades para Autónomos en Ley de Protección de Datos (LOPD)

Novedades para Autónomos

Adaptación al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Esta normativa europea de protección de datos entró en vigor el 25 de mayo de 2016 pero concedió un plazo de hasta dos años, hasta el 25 de mayo de 2018, para adaptarse a los cambios que el reglamento establece. Por lo tanto, las pymes y autónomos se vean obligados a implementar nuevas prácticas referidas a la gestión y la privacidad de datos.

Novedades para Autónomos Calendario fiscal 2018

Novedades para Autónomos

Calendarios 2018: Ya puedes consultar en la Agencia tributaria Canaria el calendario fiscal

En Asesoría Agapito de León 

Arrecife(Lanzarote)

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