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Novedades de la Renta 2015

NOVEDADES DE LA RENTA 2015

Ya llevamos más de media campaña de renta 2015, y este año la agencia tributaria ha complicado aún más las cosas a la hora de la comprobación, inclusión de los datos y confirmación en la declaración de la renta, por ello en Asesoría Agapito de León le podemos ayudar a cumplimentar.

Puede que usted la haya presentado, sin embargo se ha dado cuenta que existe algún error u ha omitido algún dato porque creía que ya estaban todos incluidos. Si es así, está aún a tiempo de hacer modificaciones, antes de que la Agencia Tributaria le pueda enviar un requerimiento con recargo o sanciones. En nuestra asesoría le ayudamos a realizar una complementaria para que pueda tener todo en regla.

 

Algunos de los cambios ha tener en cuenta

Se ha eliminado el borrador tal y como lo conocíamos en los últimos años y se ha implantado la llamada Renta Web, que tanto dolor de cabeza está dando a muchos contribuyentes, ya que su operatividad se ha complicado.

En nuestra Asesoría Agapito de León, este año hemos detectado que en dicha renta web faltan por incorporar muchos que podrían favorecer al contribuyente.

Existen nuevos tipos de IRPF y de ahorro

  • Para las rentas de rendimiento de trabajo, el tipo mínimo ha bajado al 19,5% en el caso de las rentas inferiores a 12.450 euros.

Y para el tipo máximo, al 46%, para las rentas que superen los 60.000 euros.

  • Para los tipos para el ahorro (y también plusvalías, intereses y dividendos) oscilan ahora entre el 19,5% y el 23,5%.
  • La exención del pago del IRPF que se aplicaba hasta 2014 a los primeros 1.500 euros de los dividendos se elimina y los inversores deberán tributar por el total de las cantidades percibidas en el ejercicio.

 

Nuevas deducciones para familias numerosas o con personas dependientes a su cargo

  • Familias numerosas con carácter general (asciende a 2.400 euros anuales para una familia numerosa de categoría especial).
  • Se aplica una deducción de 1.200 euros para descendientes y ascendientes con discapacidad.
  • También se aplicarán una deducción de 1.200 euros para familias monoparentales con dos hijos con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes (siempre que los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos).
  • Y se deducirán hasta 1.200 euros por un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo por descendientes.

 

La deducción por alquiler para el inquilino desaparece

  • Se podrán seguir beneficiando de esta deducción los que firmaran el contrato antes del 1 de enero de 2015, siempre que mantengan en vigor el mismo contrato y sigan ingresando menos de 24.107 euros anuales.
  • Los arrendadores continúan con la reducción del 60 % de sus ingresos, que será fijo y ahora independiente de la edad del inquilino.

 

Los planes de pensiones este año tendrán menos deducción

  • Hasta diciembre de 2014, las deducciones en planes de pensiones eran de hasta 10.000 euros, a partir de enero de 2015 entraron en vigor nuevos cambios, el máximo a deducir este año e los planes de pensiones en la declaración es de 8.000 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas.
  • Otra novedad tiene que ver con el rescate del plan de pensiones. Con la nueva reforma que pone fin a la reducción del 40% al recuperar el dinero en forma de capital que se aplicaba a los ingresos procedentes de las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006 aunque con matices: dependiendo del motivo del rescate y del momento en el que se realice Hacienda toma de referencia un coeficiente u otro.

 

Se aumenta la tributación sobre las rentas inmobiliarias

  • Con la nueva reforma fiscal también empeoró el tratamiento de las llamadas imputaciones de renta inmobiliarias. En general, los inmuebles urbanos que no estén arrendados ni afectos a actividades económicas, excluyendo la vivienda habitual y el suelo no edificado por lo que hablamos de las segundas residencias o locales comerciales, generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral (el 1,1% si el valor ha sido revisado a partir del 1 de enero de 1994). Sin embargo, con la reforma fiscal se reduce este plazo a los diez años anteriores, así es que aumentará al 2% la tributación de numerosos inmueble, por lo que aquellas segundas viviendas vacías cuyo valor catastral no esté actualizado, como mínimo, en 2005, se verá incrementado.
  • Con la reforma fiscal se mantiene la exención por reinversión en vivienda habitual que evita tributar por la ganancia patrimonial de la venta de la vivienda habitual anterior del contribuyente, siempre y cuando el importe total de la venta se reinvierte en una nueva vivienda habitual en los dos años anteriores o posteriores a la venta de la vivienda antigua.
  • Una de las novedades de la nueva reforma fiscal es que las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años con la venta de cualquier tipo de bien quedan exentas de tributación. Pero esa exención se producirá siempre y cuando las ganancias se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada un producto de ahorro a largo plazo, con el límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses. En el caso de que el bien vendido por el jubilado sea la vivienda habitual, las ganancias están libres de impuestos sin tener que reinvertir en una casa nueva, ni en una renta vitalicia.

 

Las deducciones por donativos aumentan con la nueva reforma fiscal

  • El contribuyente podrá desgravarse un 50% de los primeros 150 euros donados a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a dicha normativa y un 27,5% del resto de aportaciones, porcentaje que aumenta hasta el 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los últimos tres años. Hasta ahora la deducción máxima era un 25% de lo aportado.

Existen otras modificaciones que en afectan en cada caso distinto a los contribuyentes y que en Asesoría Agapito de León queremos ayudarle.

En nuestra asesoría también queremos hacer un estudio personalizado para que conozca qué posibilidades tiene de pagar menos en el próximo ejercicio, informándole sobre las novedades en planes de pensiones, donaciones, deducciones que se pueden aplicar guardando facturas de algunos gastos de los colegios de los hijos, tambien sobre el beneficio fiscal que tienen los fondos de inversión en el que tributar cuando decida reembolsar el fondo a través del mecanismo de traspaso exento no tributará en el IRPF y así poder conseguir un retorno financiero-fiscal.

En Asesoría Agapito de León, en Arrecife (Lanzarote), le asesoramos, preparamos y presentamos su  declaración de la Renta 2015. Estaremos encantados de ayudarle, rellene el pequeño formulario y nos pondremos en contacto con usted .

Calle Peñas de Chache 9 BJ
35500 Arrecife ( Lanzarote)

Tel: 928.80 66 56

WhatsApp 655 76 44 68

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